Como empresario y asesor que eres, quiero aprovechar este boletín, para refrescar ideas y contestar contigo unas cuestiones que se plantean con frecuencia.
- ¿Las decisiones que los administradores y directivos toman en su empresa (sociedad, asociación, fundación, club, etc) puede afectar a su patrimonio personal ?
- ¿A quien se considera administrador o directivo?
Respondiendo brevemente, diríamos lo siguiente:
- Con la reforma de la Ley de Sociedades Anónimas de 1989, ya se puso de manifiesto la responsabilidad de los altos cargos, pero fue la Ley 31/14 de Reforma de la Ley de Sociedades de Capital, que entró en vigor el 1 de enero de 2015 (también la reforma del código penal de 1 de julio de 2015) que se aplica tanto a sociedades cotizadas, como a las restantes sociedades de Capital, la que afectó definitivamente a los Administradores y Directivos de casi 1 millón de empresas. El objetivo fundamental es mejorar las buenas prácticas empresariales.
- Administrador o Directivo es cualquier persona física que como Consejero, Gerente, Directivo o cualquier otro cargo, sea miembro del órgano de administración o tenga poderes que impliquen la facultad de de decisión o gobierno de una Sociedad, Asociación, Fundación, Club, etc.
El Administrador societario responde con su propio patrimonio de los daños provocados por su actuación frente a toda clase de terceros (empleados, accionistas, administraciones públicas, competidores, etc.) sin necesidad que se acredite malicia o negligencia, respondiendo por una conducta realizada sin la debida diligencia en la administración de la empresa.
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valencia, 6 de Julio de 2018
(*) Importes en la fecha de emisión del presente boletín